El Economista

Declaran inválido que INM realice revisiones aleatorias en el país

Jorge Monroy jorge.monroy@eleconomista.mx

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración que facultan al Instituto Nacional de Migración a realizar revisiones aleatorias en cualquier momento y en cualquier parte del país.

Esa resolución derivó de un amparo otorgado por la Primera Sala a tres indígenas tzeltales (uno de ellos menor de edad) originarios de Ocosingo, Chiapas, quienes en 2015 viajaban en un autobús rumbo a Sonora para trabajar como jornaleros agrícolas, y fueron detenidos por agentes del Instituto Nacional de Migración (INM), quienes los confundieron con guatemaltecos. Los retuvieron e iniciaron su trámite de deportación, hasta que demostraron ser mexicanos.

La Primera Sala determinó que en este caso, la autoridad soslayó que toda persona tiene derecho de transitar libremente por el territorio nacional y que no existe legislación alguna que obligue a los mexicanos a portar algún tipo de identificación para acreditar la nacionalidad. Además, determinó que el INM carece de facultades para llevar a cabo la retención, detención o expulsión de mexicanos.

En ese marco, invalidó y declaró inconstitucionales los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración, ya que permiten aplicar revisiones discrecionales y generar discriminación contra mexicanos por su apariencia física.

Bajo el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat, la Primer Sala destacó que la norma invalidada permite categorizar como migrante a cualquier persona sin importar si es mexicana o no, a partir de perfiles subjetivos como son el color de piel, raza, forma de hablar, origen étnico o idioma, lo cual es contrario al derecho a la igualdad y no discriminación.

Sin embargo, la Primera Sala aclaró que no prejuzga sobre la constitucionalidad de las atribuciones de otras autoridades distintas a las de migración para requerir documentación a personas extranjeras dentro del territorio nacional en supuestos diversos y con sustento en distintas legislaciones.

La organización Instituto para las Mujeres en la Migración A.C., promovente del juicio, celebró la decisión.

Política Y Sociedad

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2022-05-19T07:00:00.0000000Z

2022-05-19T07:00:00.0000000Z

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